Nuevas Normativas para contratación de extranjeros en Chile

Ley de Inclusión Laboral La Ley Nº 21.015 de Inclusión Laboral tiene por finalidad promover una inclusión laboral eficaz de las personas con discapacidad, tanto en el ámbito público como en el privado. Además, aborda los siguientes temas: Respeto a la dignidad de las personas con discapacidad mental, eliminando la discriminación salarial. Fija en 26 años […]
Ley de Inclusión Laboral exige la reserva del 1% de empleos para personas en situación de discapacidad, en empresas públicas y privadas con 100 o más trabajadores

Ley de Inclusión Laboral

La Ley Nº 21.015 de Inclusión Laboral tiene por finalidad promover una inclusión laboral eficaz de las personas con discapacidad, tanto en el ámbito público como en el privado.

Además, aborda los siguientes temas:
  • Respeto a la dignidad de las personas con discapacidad mental, eliminando la discriminación salarial.
  • Fija en 26 años la edad límite para suscribir el “Contrato de aprendizaje con personas con discapacidad”.
  • Se prohíbe toda discriminación hacia personas con discapacidad.
  • Las personas con discapacidad contarán con garantías en los procesos de selección laboral del Estado.

Beneficiarios

  • Personas que reciban una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional.
  • Personas con discapacidad calificada previamente por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), dependiente del Ministerio de Salud, y/o a las instituciones públicas o privadas, reconocidas para estos efectos por ese Ministerio.

Requisitos

  • Para los beneficiarios de la pensión de invalidez de cualquier régimen previsional no es requisito poseer la credencial de discapacidad, estar inscritos en el Registro Nacional de la Discapacidad, ya que la verificación de ser beneficiario se realizará a través de los registros disponibles en Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
  • Las personas con discapacidad deben presentar la credencial de discapacidad o certificado de discapacidad, ambos emitidos por el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI). Entidad que realiza la inscripción de la persona en el Registro Nacional de la Discapacidad.

¿Quiénes Fiscalizan?

  • Sector privado: la Dirección del Trabajo debe llevar un registro actualizado de los contratos de trabajo, sus modificaciones y términos de trabajo, celebrados por las empresas con las personas con discapacidad o pensionados por invalidez.
  • Dicha información debe ser ingresada en el sitio web de la Dirección del Trabajo por las empresas en el plazo de 15 días siguientes a la celebración de dichos actos jurídicos.
  • Sector público: en el caso de que no sea posible el cumplimiento total o parcial de la dotación del 1%, las entidades, deberán remitir un informe fundado a la Dirección Nacional del Servicio Civil y al Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis), explicando las razones para ello.

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