Patente comercial

La Ley de Rentas Municipales obliga a quienes ejerzan actividades económicas con o sin fines de lucro en una comuna a pagar patente. El Art. 27 del DL Nº 3.063/79 exime de este pago a las personas jurídicas sin fines de lucro que acrediten su condición.

Las patentes se pagan anualmente en dos cuotas semestrales, basadas en el capital declarado ante el SII, y desde el inicio de actividades. Es vital mantener la patente al día; de lo contrario, se deberá pagar retroactivamente con multas. La Municipalidad puede tomar acciones legales para cobrar lo adeudado.

Si necesitas ayuda en la tramitación, gestión, en el enrolamiento y otros servicios, contáctanos!

Incluye:

Enrolamiento municipal

La patente comercial se paga adicional

Servicios adicionales:

Recuperación de pagos en exceso por patentes

Recuperación de derechos de aseo

Presentación de declaraciones por sucursales

Presentación de declaraciones por empresas sin fines de lucro

Presentación de cambios de razones sociales ante municipalidades

Presentación de términos de giro ante municipalidades

$60.000

El valor final dependerá de los servicios prestados. Se enviará una cotización antes de proceder y se descontará el monto pagado del valor total.

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