Nuevas Normativas para contratación de extranjeros en Chile

¿En qué consiste?

  • Es un subsidio mensual para Micro, Pequeñas y Medianas empresas (Mipymes), orientado a apoyarlas en el pago del nuevo sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.456.
  • Para acceder, la Mipyme debe realizar la solicitud por una sola vez desde el 14 de junio.

¿Quién debe solicitar el Subsidio?

La empresa es quien debe realizar la solicitud del beneficio, en la opción que estará disponible desde el 14 de junio.

Al ingresar, se informará automáticamente si puede acceder, de acuerdo a lo que establece la Ley N°21.456, y el monto del subsidio correspondiente.

¿Para Quién es el Subsidio al Sueldo Mínimo?

De acuerdo a la Ley N°21.456, el beneficio es un apoyo para la Mipyme, orientado a apoyarla en el pago de remuneraciones a sus trabajadoras/es, a partir del aumento del sueldo mínimo desde mayo de 2022.

¿Qué Mipymes pueden acceder al Subsidio?

Pueden acceder aquellas empresas que, de acuerdo a lo que establece la Ley N°21.456:

  • Tengan inicio de actividad en Primera Categoría antes del 1 de agosto de 2022(*), como persona natural o jurídica, incluidas las cooperativas.
  • Las ventas y servicios del giro deben ser superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2021.
  • Tengan 1 o más trabajadoras/es con sueldo mínimo, de acuerdo al período contemplado en la Ley.
  • Sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022.

(*) Si el inicio de actividades es entre mayo y julio de 2022, no tendrán derecho al subsidio en esos meses, pero sí después si cumplen los requisitos.

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