
¿Qué es?
El Ingreso Mínimo Garantizado es una ayuda económica para los trabajadores dependientes con jornada ordinaria (es decir mayor a 30 horas), el subsidio permite aumentar los ingresos de los trabajadores de manera que se pueda garantizar un sueldo liquido de $340.817 pesos.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al beneficio?
- Ser trabajador dependiente
- Tener un contrato acogido al Código del Trabajo
- Tener un sueldo bruto (imponible) menor a $452.477, si su sueldo es mayor a eso no postule.
- Tener una jornada superior a 30 horas y hasta 45 horas.
- Pertenecer a un hogar del 90% más vulnerable de la población (Revisar RSH).
¿Cómo se postula?
La postulación la debe realizar el empleador desde el día 4 de mayo de 2022 en la pagina www.ingresominimo.cl. Si el empleador no ha realizado la postulación hasta el día 15 de cada mes, el trabajador podrá ingresar sus antecedentes y postular desde el día 16 de cada mes, ingresando con su clave única en la sección: Trabajadores
¿Por qué debe postular mi empleador?
La ley 21.218, en su artículo transitorio quinto, establecía que, por los dos primeros años de funcionamiento del Ingreso Mínimo Garantizado, eran los trabajadores quienes podían postular directamente, ingresando sus datos laborales.
Por lo tanto, desde el 4 de mayo del presente año 2022, les corresponde a los empleadores postular a todos sus trabajadores, con contrato bajo Código del Trabajo. Para ello, deben descargar una planilla Excel, completar los campos requeridos y subir la nómina, luego presionar el botón: Postular.
¿Mi empleador debe postular todos los meses?
Sí, todos los meses dentro de los primeros quince días del mes. Para ello deben descargar, completar y cargar nuevamente la planilla con el listado de todos los trabajadores que cumplan los requisitos.
¿Qué ocurre si mi empleador me postula y yo también ingreso una postulación?
En caso de que se presenten dos postulaciones para un mismo trabajador, de acuerdo con lo establecido en la ley, se predomina la postulación ingresada por el empleador.
Es de suma importancia que empleador y trabajador se encuentren coordinados y comunicados en lo que respecta a esta ley, para que ningún trabajador que cumpla requisitos, se quede fuera de este beneficio.

